El Centro Insular de Calidad y Consumo Responsable del Cabildo del Cabildo, ubicado en La Laguna,  acoge el próximo martes [día 31], de 17,00 a 19,00 horas, una sesión informativa sobre los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo y de los gastos de constitución y la vía de reclamación conforme al procedimiento contemplado en el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de los consumidores en esta materia. Se lleva a cabo en colaboración con la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros, Adicae.

El consejero insular de Empleo, Comercio, Industria y Desarrollo Económico, Efraín Medina, indica que “ante la demanda social de miles de afectados en la Isla por las clausulas suelos y productos bancarios nocivos, el Cabildo de Tenerife ha decidido realizar una nueva charla informativa sobre la materia”. Añade que “con la colaboración de Adicae, hemos organizado desde el año 2013 numerosas charlas, jornadas y foros en los que informamos a los asistentes de sus derechos como consumidores de productos bancarios, de cómo reclamar, y de las novedades que en esta materia se han venido produciendo a nivel legislativo y por sentencia judicial”.

Cabe recordar que en 2016, todas las entidades bancarias fueron condenadas por el Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid que declaró la nulidad de las cláusulas suelo contenidas en las condiciones generales de los contratos de préstamo hipotecario suscritos con consumidores por falta de transparencia, en la demanda colectiva interpuesta por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España, Adicae.

En la sesión informativa del próximo día 31 se abordará, también, el procedimiento para la reclamación por gastos imputables al consumidor relativos a la constitución, trámites y registro del contrato de préstamo hipotecario.

El también vicepresidente económico indica que “la finalidad de esta acción informativa es proteger los intereses económicos y sociales de todos los consumidores afectados, explicandoles el alcance de esta resolución. También pretendemos aclararles todas las dudas que se puedan plantear, indicarles los pasos a seguir mediante el arbitraje para que esta medida tenga la máxima eficacia y garantía, procurando que todos los consumidores afectados en la Isla se beneficien de los efectos positivos de este procedimiento y de los efectos de sentencias favorables a los consumidores”.

Se han producido dos hechos relevantes en los últimos meses. Por un lado, la reciente sentencia del Tribual de Justicia de la Unión Europea, que establece que la declaración del carácter abusivo de la cláusula debe permitir que se restablezca la situación de hecho y de derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido tal cláusula abusiva. Por ello, la limitación en el tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, no es compatible con el Derecho de la Unión Europea ni con la normativa española de protección a los consumidores.

Por otro lado, a raíz de la sentencia del tribunal europeo, el Gobierno aprobó el pasado viernes en Consejo de Ministros el procedimiento de reclamación extrajudicial a través del Real Decreto Ley 1/2007 de medidas urgentes de protección de los consumidores en materia de cláusula suelo, de carácter voluntario y gratuito. Una medida con la que pretende evitar que se produzca un aumento de los litigios por la jurisdicción civil, estableciendo un instrumento ágil que permita obtener a los consumidores una rápida respuesta a sus reclamaciones.

Este sistema de reclamación extrajudicial no establece la universalidad de anular y devolver a todos los consumidores afectados, por lo que se deja a salvo el derecho del consumidor a obtener una tutela judicial efectiva ante los tribunales de justicia. Así mismo, se orienta a los consumidores y entidades bancarias en los criterios a seguir para determinar si la cláusula suelo está incluida en el ámbito de aplicación de este Real Decreto Ley.