El Centro Insular de Calidad y Consumo Responsable del Cabildo del Cabildo, ubicado en La Laguna, acoge mañana martes [día 21], de 17,00 a 19,00 horas, una sesión informativa sobre la devolución de las cláusulas suelo (retroactividad), y la vía de reclamación conforme al procedimiento contemplado en el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de los consumidores en esta materia. Se lleva a cabo en colaboración con la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros, Adicae.

Este 21 de febrero finaliza el plazo obligatorio de un mes en el que los bancos deben informar a sus clientes consumidores del procedimiento establecido para que estos formulen sus  reclamaciones extrajudiciales al amparo del Real Decreto Ley 1/2017.

En esta sesión informativa también se abordará el procedimiento para la reclamación por gastos imputables al consumidor relativos a la constitución, trámites y registro del contrato de préstamo hipotecario.

El consejero insular de Empleo, Comercio, Industria y Desarrollo Económico, Efraín Medina, indica que “la finalidad de esta acción informativa es proteger los intereses económicos y sociales de todos los consumidores afectados, explicando el alcance de esta resolución; así como aclarar todas las dudas que se puedan plantear por los diferentes procedimientos y formularios establecidos por la entidades bancarias; e indicar los pasos a seguir mediante el arbitraje para que esta medida tenga la máxima eficacia y garantía. Todo ello, procurando que todos los consumidores afectados en la Isla de Tenerife se beneficien de los efectos positivos de este procedimiento y de los efectos de sentencias favorables a los consumidores por las acciones colectivas llevadas a cabo”.

Para reforzar estas actuaciones en defensa de los consumidores en la contratación de servicios financieros, el Pleno del Cabildo, en sesión celebrada el pasado 3 de febrero, acordó elaborar y firmar un convenio con Adicae, con el que se llevarán a cabo diversas líneas de actuación (consultas, sesiones informativas, talleres, jornadas y foros) para una contratación segura y responsable de estos servicios, informó el consejero del área.

La reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece que “la declaración del carácter abusivo de la cláusula debe permitir que se restablezca la situación de hecho y de derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido tal cláusula abusiva”, por lo que la limitación en el tiempo que esta tribunal acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013 no es compatible con el Derecho de la Unión Europea ni con la normativa española de protección a los consumidores.

A raíz de esta sentencia, el Gobierno aprobó el pasado 20 de enero en Consejo de Ministros el procedimiento de reclamación extrajudicial a través del RD Ley 1/2007 de medidas urgentes de protección de los consumidores en materia de cláusula suelo, de carácter voluntario y gratuito. Así, mismo, el pasado 15 de febrero, el Tribunal Supremo determinó aplicar la retroactividad total a las cláusulas suelo. Es decir, obliga a las entidades a devolver todo lo cobrado desde el inicio de la aplicación de estas condiciones, si los contratos eran abusivos.

Cabe recordar que, hasta ahora, los bancos solo estaban obligados a anular esas cláusulas desde mayo de 2013, según falló ese año el Supremo. El alto tribunal adecua ahora su decisión a la jurisprudencia a la sentencia del TSUE, que falló en diciembre en este sentido.