Sábado, 26 de junio de 2021

El Consejo de Gobierno del Cabildo de Tenerife ha dado el visto bueno a un proyecto de modificación puntual de la Ordenanza General de Subvenciones, que deberá aprobar el pleno, gracias a la cual no estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social no será un obstáculo para acceder a las ayudas que otorga el Cabildo, dada la circunstancia excepcional de crisis actual

El área de Empleo, Desarrollo Económico y Acción Exterior ha ampliado el plazo para poder solicitar las ayudas al mantenimiento del empleo hasta el 29 de octubre

 

El Consejo de Gobierno del Cabildo de Tenerife ha aprobado un proyecto de  modificación puntual de su propia Ordenanza General de Subvenciones gracias a la cual no será necesario -en las circunstancias excepcionales actuales-, para acceder a dichas ayudas estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social por parte de las empresas y autónomos que se encuentren en esa situación y necesiten pedir alguna cantidad.

“No estar al corriente del pago de algún tributo con alguna administración por parte de las empresas y autónomos que soliciten la ayuda no será un obstáculo para acceder a las mismas”, explica el presidente del Cabildo de Tenerife, Pedro Martín. 

Añade que este proyecto deberá ser aprobado por el pleno y “quedan exceptuadas de las prohibiciones contenidas en las letras b y e del artículo 13, apartado 2º de la ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones que se refieren, entre otros aspectos, a no estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes porque en estos momentos de crisis, con la pandemia aún por terminar de controlar; el Cabildo debe estar a la altura de las necesidades de las personas y empresas”. 

Martín explica que “se trata de que las decisiones que tomemos lleguen a los que lo necesitan, y por ello buscamos con esta medida que permita remover obstáculos como pueden ser los requisitos difícilmente asumibles por la ciudadanía y los sectores productivos en este momento, y de este modo, puedan recibir el apoyo del Cabildo, justo en el momento que más se hace necesario”. 

Esta medida se extiende asimismo a los colectivos más vulnerables como es el caso de las ayudas y becas a personas con discapacidad, ayudas destinadas a promover la generación de oportunidades y la empleabilidad de las personas beneficiarias.

Ampliación de plazo

Por otra parte el Cabildo, a través del área de Empleo, Desarrollo Económico y Acción Exterior ha ampliado hasta el 29 de octubre el plazo para que las empresas puedan acogerse a la segunda convocatoria de subvenciones para el mantenimiento del empleo tras la crisis del Covid-19, que está dotada con un presupuesto de 2,39 millones de euros.

Estas ayudas van dirigidas a empresas de hasta diez trabajadores que se vieron obligadas a aplicar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y que han retomado su actividad económica, reincorporando a la totalidad de su personal.

Con esta ampliación se da margen a las empresas que todavía están sufriendo las consecuencias de la pandemia y no han podido recuperar a la totalidad del personal, posibilitando que durante los próximos meses puedan reincorporar a totalidad de la plantilla. 

La primera convocatoria estuvo dotada de 1,5 millones de euros y ya se encuentra resuelta. Las bases y la segunda convocatoria, que se abrió a mediados de diciembre, se encuentran publicadas en la página web de FIFEDE (www.fifede.org) y las solicitudes deben presentarse a través de la Sede Electrónica de la Fundación (sede.fifede.org). 

Las personas físicas, entidades mercantiles con o sin personalidad jurídica propia, con capital íntegramente privado, legalmente constituidas, que tengan centros de trabajo en la isla de Tenerife que se acojan a este plan de subvenciones podrán recibir cuantías de entre 2.250 y 6.750 euros, en función del número de contratos afectados por ERTE y las jornadas de trabajo.

Las empresas beneficiarias se comprometerán a no efectuar ningún despido, ni reducción de la jornada laboral del personal de la empresa que se encontraba de alta a la fecha de la solicitud del ERTE, en los seis meses posteriores a su finalización.